Se encarga de los temas de contaminación desde una perspectiva preventiva, por lo cual se promueve la gestión ambiental (mediante mecanismos voluntarios y regulaciones) con el fin de garantizar que las actividades, obras y proyectos, tanto públicos como privados.
DIGECA
Servicios Brindados
Apoyo en inscripción a DIGECA
Brindamos apoyo con todo el proceso de inscripción de la empresa desde el llenado de los formularios y documentos de inscripción hasta el envío y conexión con la entidad gubernamental.
Creación de cartas de ozono
Regixpro apoya en los trámites de cartas de ozono que se deben entregar a MINAE (DIGECA) y a la creación de unidades de cumplimiento.
Este trámite se solicita cuando se realiza la importación de equipos de enfriamiento (aires acondicionados, refrigeradores, deshumidificadores, entre otros.
Creación de cartas de calidad de aire
Regixpro apoya en los trámites de cartas de calidad de aire que se deben entregar a MINAE (DIGECA) y a la creación de unidades de cumplimiento.
Este trámite se solicita cuando se realiza la importación de equipos de enfriamiento (aires acondicionados, refrigeradores, deshumidificadores, entre otros.
Apoyo para responder Nota Tecnica 38
Para el control de sustancias agotadoras de la capa de ozono (SAO) de acuerdo a la Ley No. 7223 y sus enmiendas deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Estar al día con las obligaciones de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS), según el artículo 74 de su ley constitutiva.
- Estar al día con las obligaciones tributarias de acuerdo a los lineamientos emitidos por la Presidencia de la República y a la Directriz-0001-2018 emitida por el Ministro de Ambiente y Energía.
- Factura comercial donde conste la adquisición de las sustancias o equipos a los que se les aplica la nota técnica 38.
- Conocimiento de embarque (BL), guía aérea o carta de porte donde conste la adquisición de las sustancias o equipos a los que se les aplica la nota técnica 38.
- Copia del registro de las sustancias ante el Ministerio de Salud a las que se le aplica la nota técnica 38. El titular del registro debe ser la persona física o jurídica, pública o privada interesada en solicitar la Autorización.
- Copia del documento emitido por el Ministerio de Salud donde conste que la persona física o jurídica, pública o privada, cumple con lo establecido en los artículos 13, 14 y 15 del Decreto Ejecutivo 38272-S, según corresponda. Rige a partir del 21 de diciembre de 2016.
- Certificación de un químico o ingeniero químico que esté inscrito en el Colegio de Químicos de Costa Rica o el Colegio de Ingenieros Químicos y Profesionales Afines, donde se garantice que los productos a importar son los que están descritos en la factura, de la siguiente manera:
- En equipos cargados: indicar cuál sustancia de las reguladas por la nota técnica 38 está contenida en ésta, así como el peso de ésta en gramos.
- En sustancias a granel: indicar la composición química de éstas (sean puras o en mezcla) y el contenido neto (en gramos) por envase.
- Esta certificación debe tener el sello, el número de carné, la firma del químico o ingeniero químico y el refrendo del Colegio de Químicos de Costa Rica o el Colegio de Ingenieros Químicos y Profesionales Afines.
- En caso de que los equipos a importar estén descargados, deberá indicarse así en la certificación.
- Para solicitar la autorización de la nota técnica 38 será necesario estar inscrito previamente como importador ante la Oficina Técnica del Ozono, de conformidad con el articulo No. 13 del Decreto Ejecutivo Nº 35676-S-H-MAG-MINAET.